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Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes

Reglamento · Artículo 22: Labor de el/la profesional en Psicología

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Texto literal del artículo

El/la profesional en Psicología desarrolla las siguientes funciones: 1. Participa en la elaboración del informe técnico interdisciplinario que contribuya con el/la juez/a en la determinación de la medida socioeducativa a otorgar, en materia de su competencia. 2. Atiende a el/la adolescente cuando se encuentre involucrado en un proceso como presunto responsable de una infracción penal. 3. Otras que disponga la normatividad vigente.

Resumen breve

El/la profesional en Psicología participa, dentro de su competencia, en el informe técnico interdisciplinario que ayuda al juez a determinar la medida socioeducativa. También atiende al adolescente involucrado como presunto responsable de una infracción penal y cumple otras funciones previstas por la normativa vigente.

Ejemplo cotidiano

Rosa, psicóloga, evalúa a Luis y aporta al informe que el juez revisará para decidir su medida socioeducativa.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.