Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes
Reglamento · Artículo 21: Composición
Ver todos los artículos21.1 El Equipo está conformado mínimamente por los siguientes profesionales: 1. Un/a profesional en Psicología. 2. Un/a profesional en Trabajo Social. 21.2 Adicionalmente, el Equipo puede tener personal de apoyo administrativo, profesional o técnico para el mejor cumplimiento de sus funciones.
El Equipo debe contar, como mínimo, con un profesional en Psicología y otro en Trabajo Social. También puede incorporar personal administrativo, profesional o técnico para cumplir mejor sus funciones.
El Equipo de Lima incorpora a Ana Torres, psicóloga, y Rosa Quispe, trabajadora social, además de un asistente administrativo para evaluar a un adolescente.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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