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Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes

Reglamento · Artículo 218: Grupos de trabajo y colaboración de instituciones

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Texto literal del artículo

La Comisión puede conformar grupos de trabajo para tareas específicas que brinden eficacia a sus funciones. La Comisión y los grupos conformados por esta pueden invitar a sus sesiones a diversas entidades públicas y privadas, así como especialistas que estime pertinente, para el mejor cumplimiento de sus fines.

Resumen breve

La Comisión puede crear grupos de trabajo para encargarse de tareas específicas y hacer más eficaces sus funciones. Tanto la Comisión como esos grupos pueden invitar a entidades públicas o privadas y a especialistas que consideren pertinentes para cumplir mejor sus objetivos.

Ejemplo cotidiano

La Comisión del Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes conforma un grupo para revisar protocolos de justicia juvenil e invita al Poder Judicial y a una psicóloga especializada a sus sesiones.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.