Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes
Reglamento · Artículo 192: Defensa de el/la adolescente
Ver todos los artículosEn el plazo que dura la investigación o en la diligencia correspondiente, el/la adolescente puede formular los descargos correspondientes que pueden ser presentados por escrito u oralmente. Asimismo, ofrece los medios de prueba que considere pertinentes. El/la adolescente puede ejercer su defensa personalmente o mediante un defensor/a de su elección, un/a defensor/a público/a u otra persona de su confianza.
Durante la investigación o la diligencia correspondiente, el adolescente puede presentar sus descargos (explicaciones de defensa) por escrito o de forma oral y ofrecer las pruebas que considere pertinentes. Puede defenderse personalmente o mediante un defensor elegido por él, un defensor público u otra persona de confianza.
Durante su investigación, Luis presenta por escrito sus descargos y solicita que participe un defensor público.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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