Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes
Reglamento · Artículo 166: Permisos de salida ordinarios
Ver todos los artículos166.1 El permiso de salida puede ser concedido hasta por un máximo de setenta y dos (72) horas, en los casos siguientes: 1. Enfermedad grave o muerte de padres, hermanos/as, hijos/as, cónyuge de el/la adolescente o con quien tenga una relación convivencial. 2. Nacimiento de hijos/as de el/la adolescente. 3. Realizar gestiones personales, de carácter extraordinario, que demanden la presencia de el/la adolescente en el lugar de la gestión. 4. Realizar gestiones para la obtención de trabajo y alojamiento ante la proximidad de su liberación. 5. Desarrollar actividades recreativas organizadas o autorizadas por el Centro Juvenil. 6. Circunstancias especiales que, a consideración del Equipo Técnico Interdisciplinario, fortalecen el Plan de Tratamiento Individual. 166.2 Las causas que generan el permiso de salida deben ser debidamente acreditadas. El/ la director/a establece en su permiso la fecha y hora, tanto de la salida como del retorno de el/la adolescente, así como las reglas de conducta que debe de cumplir. La salida de el/la adolescente se realiza con el acompañamiento del personal de seguridad necesario.
El director puede conceder al adolescente un permiso de salida de hasta 72 horas por motivos acreditados, como enfermedad grave o muerte de familiares, nacimiento de un hijo, gestiones extraordinarias, trabajo, alojamiento, recreación o circunstancias que fortalezcan su tratamiento. El permiso debe indicar fechas, horas y reglas de conducta, y la salida requiere el acompañamiento del personal de seguridad necesario.
A José le conceden 72 horas para visitar a su madre enferma, tras acreditar la situación; el director fija su retorno y dispone acompañamiento de seguridad.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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