Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes
Artículo 62: Revocatoria de la variación
Ver todos los artículosLa variación de la internación preventiva puede ser revocada si el adolescente infringe las reglas de conducta o no comparece a las diligencias del proceso injustificadamente o cuando nuevas circunstancias exijan que se dicte auto de internación preventiva, debiendo realizarse una audiencia en donde se permitirá al adolescente explicar el motivo de su conducta. A esta audiencia son citados los demás sujetos procesales. (*) Rectificado mediante Fe de Erratas, publicada el 20 de enero de 2017.
La variación de la internación preventiva puede revocarse cuando el adolescente incumple las reglas de conducta, falta injustificadamente a diligencias o aparecen nuevas circunstancias que exigen ordenar su internación preventiva. Antes debe realizarse una audiencia para que explique su conducta, y deben citarse los demás participantes del proceso.
Carlos dejó de presentarse sin justificar y, en la audiencia convocada, explicó su ausencia antes de que evaluaran revocar la variación.
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