Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes
Artículo 133: Trámite de la remisión durante la investigación preparatoria
Ver todos los artículosPara la aplicación de la remisión, luego de formalizada la investigación preparatoria, se siguen los pasos establecidos en los numerales 1 al 5 del artículo 132. Seguidamente el Fiscal requiere ante el Juez de Investigación Preparatoria la remisión, procediéndose a convocar a una audiencia para evaluar dicha solicitud, previo traslado de la misma a los demás sujetos procesales.
Después de formalizarse la investigación preparatoria, la remisión debe seguir los pasos 1 al 5 del artículo 132. Luego, el fiscal solicita la remisión al juez de Investigación Preparatoria, quien convoca una audiencia para evaluarla, previa comunicación de la solicitud a los demás sujetos procesales.
Cumplidos los pasos 1 al 5 del artículo 132, el fiscal de María Quispe solicitó la remisión al juez de Investigación Preparatoria, quien convocó audiencia tras notificar a los demás sujetos procesales.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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