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Código de Protección y Defensa del Consumidor

Artículo 78: Información mínima del contrato de compraventa

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Texto literal del artículo

78.1 Los proveedores deben establecer, implementar y mantener procedimientos para evidenciar que el contrato sea accesible y contenga como mínimo la siguiente información: a. Identificación de las partes contratantes señalando sus respectivos domicilios legales. b. Identificación del inmueble materia de venta. c. Identificación de la partida registral del inmueble; en los casos de bien futuro, del inmueble matriz. d. Área exclusiva y común, de ser el caso, medidas perimétricas, acabados del inmueble y las características relevantes del inmueble. e. Precio de venta del inmueble ofertado. f. Forma de pago y plazo. g. Plazo, fecha o condiciones expresas de entrega del inmueble y penalidades por incumplimiento que se hubieran pactado. h. Supuestos en los cuales se aplican penalidades y el monto de las mismas. i. La obligación del vendedor de firmar todos los documentos que sean necesarios para perfeccionar la transferencia del inmueble. j. Mecanismos para la solución de controversias. 78.2 A la firma de los contratos de compraventa debe entregarse al comprador la siguiente información: I. Cuando se trate de bienes futuros: a. Lotes: - Resolución emitida por la municipalidad correspondiente y plano de la aprobación del proyecto de habilitación urbana. - Plano de la lotización, en el que se detalle la ubicación del lote. - Plano del lote con indicación del área y medidas perimétricas. - Características de la habilitación urbana. b. Edificaciones: - Aprobación del anteproyecto o proyecto. - Plano de distribución. - Características de los acabados, servicios públicos domiciliarios, áreas comunes y otras características relevantes. II. Cuando se trate de bienes terminados -lotes o edificaciones-, copia de la partida registral, así como de los planos de las instalaciones de los servicios del inmueble y los planos de las instalaciones de servicios comunes, en el caso de propiedad común, entregándose esto último a la junta de propietarios respectiva.

Resumen breve

El proveedor debe mantener procedimientos para acreditar que el contrato incluya partes, inmueble, partida registral, características, precio, pago, entrega, penalidades, firma de transferencia y solución de controversias. Al firmarlo, debe entregar planos y aprobaciones para lotes o edificaciones futuras; en bienes terminados, copia registral y planos de instalaciones, y los comunes a la junta.

Ejemplo cotidiano

Rosa compra un lote futuro a Inmobiliaria Sol; al firmar recibe la resolución municipal, planos de lotización y del lote, además del contrato con precio, pago y entrega.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.