Código de Protección y Defensa del Consumidor
Artículo 29-A: Sistema de Alertas de Productos y Servicios Peligrosos (Sistema de Alertas de Consumo
Ver todos los artículos) 29-A.1. El Sistema de Alertas de Productos y Servicios Peligrosos llamado también Sistema de Alertas de Consumo es un conjunto de normas y procedimientos orientado a difundir información a la ciudadanía sobre riesgos no previstos o imprevisibles en productos o servicios, a fin de salvaguardar la salud y la seguridad de los consumidores o de sus bienes, de conformidad con lo dispuesto en el presente Código. 29-A.2. En el caso de que se detecte un producto o servicio peligroso, la autoridad administrativa está facultada para realizar las siguientes acciones: a) Solicitar, consolidar y verificar información relacionada con productos y servicios peligrosos. b) Publicar y difundir alertas de productos y servicios peligrosos. c) Realizar monitoreo, seguimiento, actualización y verificación de las alertas publicadas y difundidas. d) Supervisar el cumplimiento del procedimiento de comunicación de advertencias y alertas de productos y servicios peligrosos. 29-A.3. Otras acciones pueden ser incorporadas por ley u otras normas aplicables. 29-A.4. Los plazos, reglas, condiciones o restricciones sobre el Sistema de Alertas de Productos y Servicios Peligrosos (Sistema de Alertas de Consumo) son establecidos en la normativa correspondiente. 29-A.5. La gestión del Sistema de Alertas de Productos y Servicios Peligrosos (Sistema de Alertas de Consumo) está a cargo del Indecopi, en su calidad de Autoridad Nacional de Protección del Consumidor, sin perjuicio de que todas las entidades del Estado colaboren para alcanzar la finalidad del sistema. (*) Artículo incorporado por el artículo 2 de la Ley N° 32230, publicada el 8 de enero de 2025.
El sistema difunde a la ciudadanía información sobre riesgos no previstos o imprevisibles de productos y servicios para proteger la salud, seguridad y bienes de los consumidores. Indecopi lo gestiona: puede verificar información, publicar y actualizar alertas, y supervisar las advertencias; las entidades estatales deben colaborar.
Indecopi alerta que un juguete peligroso puede dañar a los niños y supervisa que la empresa comunique la advertencia a sus compradores.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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