Código Procesal Penal
Artículo 521-C: Audiencia ante la Corte Suprema
Ver todos los artículos1. Recibido el cuaderno, la Sala Penal, en un plazo no mayor de quince (15) días, realiza la audiencia de extradición con citación del reclamado, su defensor, el fiscal supremo y los demás intervinientes apersonados. La audiencia se instala con los que asistan y tiene carácter de inaplazable. 2. La Sala Penal escucha a los sujetos procesales, quienes pueden presentar pruebas, cuestionar o apoyar las que aparezcan en el expediente de extradición, alegar la pertinencia o la impertinencia, formal o material, de la demanda de extradición, o cuanto motivo a favor de sus pretensiones. La audiencia se inicia con la precisión de las causales de extradición, el detalle del contenido de la demanda de extradición y la glosa de documentos y elementos de prueba acompañados. Luego el reclamado, si así lo considera conveniente, declara al respecto y se somete al interrogatorio de las partes. A continuación alegan las partes por su orden y, finalmente, el imputado tiene derecho a la última palabra. Concluido el debate, la Sala Penal se pronuncia declarando procedente o improcedente el pedido de extradición emitiendo su decisión en la misma audiencia. Excepcionalmente, cuando resulte necesario, la Sala puede celebrar audiencias utilizando los medios tecnológicos más apropiados, como la videoconferencia u otros. 3. El cuaderno de extradición, es remitido al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos dentro del plazo de cinco (05) días, para la decisión final del Poder Ejecutivo. (*) Artículo incorporado por el artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1281, publicado el 29 de diciembre de 2016.
Recibido el expediente, la Sala Penal celebra la audiencia de extradición dentro de 15 días, citando al reclamado, su defensor, el fiscal supremo y demás intervinientes. Tras oír a las partes y revisar las pruebas, decide si procede y remite el expediente al Ministerio de Justicia en 5 días para la decisión final del Poder Ejecutivo.
La Sala Penal escucha a José, revisa las pruebas de extradición y decide ese mismo día; luego envía el expediente al Ministerio de Justicia dentro de cinco días.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
MiCódigo.pe