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Código Procesal Penal

Artículo 511: Actos de Cooperación Judicial Internacional

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Texto literal del artículo

1. Los actos de cooperación judicial internacional, sin perjuicio de lo que dispongan los Tratados, son los siguientes: a) Extradición; b) Notificación de resoluciones y sentencias, así como de testigos y peritos a. n de que presenten testimonio; c) Recepción de las declaraciones del imputado, testigos, peritos y otras personas; d) Exhibición y remisión de documentos judiciales o copia de ellos; e) Remisión de documentos e informes; f) Realización de indagaciones o de inspecciones; g) Examen de objetos y lugares; h) Práctica de bloqueos de cuentas, embargos, incautaciones o secuestro de bienes delictivos, inmovilización de activos, registros domiciliarios, allanamientos, control de comunicaciones, identificación o ubicación del producto de los bienes o los instrumentos de la comisión de un delito, y de las demás medidas limitativas de derechos; i) Facilitar información y elementos de prueba; j) Traslado temporal de detenidos sujetos a un proceso penal o de condenados, cuando su comparecencia como testigo sea necesaria, así como de personas que se encuentran en libertad; k) Traslado de condenados; l) Diligencias en el exterior; y, m) Entrega vigilada de bienes delictivos. 2. La Cooperación Judicial Internacional también comprenderá los actos de asistencia establecidos en el Estatuto de la Corte Penal Internacional y desarrollados en este Código. (*) Artículo modificado por el artículo 2 del Decreto Legislativo N° 1281, publicado el 29 de diciembre de 2016.

Resumen breve

La cooperación judicial internacional puede incluir extradiciones, notificaciones, declaraciones, envío de documentos, inspecciones, obtención de pruebas y medidas como embargos, incautaciones o control de comunicaciones. También permite trasladar temporalmente detenidos o condenados, trasladar condenados, realizar diligencias en el extranjero y aplicar la asistencia prevista por el Estatuto de la Corte Penal Internacional.

Ejemplo cotidiano

Ana, testigo de un proceso peruano que vive en Chile, puede recibir allí una notificación y prestar declaración para el caso.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.