Código Procesal Penal
Artículo 421: Trámite inicial
Ver todos los artículos1. Recibidos los autos, la Sala conferirá traslado del escrito de fundamentación del recurso de apelación por el plazo de cinco días. 2. Cumplida la absolución de agravios o vencido el plazo para hacerlo, si la Sala Penal Superior estima inadmisible el recurso podrá rechazarlo de plano. En caso contrario, comunicará a las partes que pueden ofrecer medios probatorios en el plazo de cinco días. El auto que declara inadmisible el recurso podrá ser objeto de recurso de reposición, que se tramitará conforme al artículo 415.
La Sala Penal Superior debe dar a las partes cinco días para responder los fundamentos de la apelación. Luego puede rechazarla de plano por inadmisible; si la admite, comunica que pueden ofrecer pruebas en otros cinco días. La decisión de inadmisibilidad puede impugnarse mediante reposición, según el artículo 415.
Recibido el expediente de Carlos, la Sala Penal Superior da a Ana cinco días para responder la apelación y, si la admite, otros cinco para ofrecer pruebas.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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