Código Procesal Penal
Artículo 388: Alegato oral del actor civil
Ver todos los artículos1. El abogado del actor civil argumentará sobre el agravio que el hecho ha ocasionado a su patrocinado, demostrará el derecho a la reparación que tiene su defendido y destacará la cuantía en que estima el monto de la indemnización, así como pedirá la restitución del bien, si aún es posible, o el pago de su valor. 2. El abogado del actor civil podrá esclarecer con toda amplitud los hechos delictuosos en tanto sean relevantes para la imputación de la responsabilidad civil, así como el conjunto de circunstancias que influyan en su apreciación. Está prohibido de calificar el delito.
El abogado del actor civil debe explicar el daño sufrido, justificar el derecho a una reparación, indicar cuánto reclama, y pedir la devolución del bien o el pago de su valor. Puede aclarar ampliamente los hechos y circunstancias relevantes para la responsabilidad civil, pero no puede calificar el delito.
Durante el juicio, Rosa pide que le devuelvan su motocicleta o paguen su valor, explica el daño sufrido y evita afirmar qué delito cometió el acusado.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
MiCódigo.pe