Código Procesal Penal
Artículo 332: Informe policial
Ver todos los artículos1. La Policía en todos los casos en que intervenga elevará al Fiscal un informe policial de la investigación preliminar, dentro del plazo otorgado por el representante del Ministerio Público, bajo responsabilidad funcional. (*) Numeral modificado por el artículo único de la Ley N° 32130, publicada el 10 de octubre de 2024. 2. El informe policial remitido al titular de la acción penal es de carácter no vinculante. Contiene los antecedentes que motivaron su intervención, la relación de las diligencias efectuadas, las precalificaciones de los delitos presuntamente cometidos, así como los grados de presunta autoría y participación, el análisis de los hechos investigados y las conclusiones respectivas que justifiquen continuar o no con la Investigación Preparatoria. (*) Numeral modificado por el artículo único de la Ley N° 32130, publicada el 10 de octubre de 2024. 3. El informe policial adjunta, de ser el caso, la denuncia o antecedentes que motivaron la intervención, las diligencias efectuadas, las actas levantadas, las declaraciones recibidas, las pericias realizadas, los elementos materiales incautados y/o decomisados producto de la investigación realizada, la comprobación del domicilio y los datos personales de los imputados, y otros que la labor de investigación requiera. (*) Numeral modificado por el artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 1605, publicado el 21 de diciembre de 2023.
La Policía debe entregar al fiscal un informe de la investigación preliminar dentro del plazo que este le otorgue, bajo responsabilidad funcional. El informe no obliga al fiscal y debe explicar las diligencias, hechos, posibles delitos y responsables, conclusiones, además de adjuntar actas, declaraciones, pericias y demás elementos recogidos.
Tras investigar una denuncia, la policía entrega a la fiscal Ana un informe con actas, declaraciones y pericias dentro del plazo que ella fijó.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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