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Código Procesal Penal

Artículo 302: Indagación sobre bienes embargables

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Texto literal del artículo

En el curso de las primeras diligencias y durante la investigación preparatoria el Fiscal, de oficio o a solicitud de parte, indagará sobre los bienes libres o derechos embargables al imputado y al tercero civil, a fin de asegurar la efectividad de las responsabilidades pecuniarias derivadas del delito o el pago de las costas.

Resumen breve

Durante las primeras diligencias y la investigación preparatoria, el Fiscal debe investigar, por iniciativa propia o a pedido de una parte, qué bienes libres o derechos que pueden embargarse tienen el imputado y el tercero civil. La finalidad es asegurar el pago de las responsabilidades económicas derivadas del delito y de las costas del proceso.

Ejemplo cotidiano

El fiscal Rosa investiga si Juan y su tercero civil Pedro tienen una cuenta o inmueble embargable para asegurar el pago de las costas y reparaciones económicas.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.