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Código Procesal Penal

Artículo 100: Requisitos para constituirse en actor civil

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Texto literal del artículo

1. La solicitud de constitución en actor civil se presentará por escrito ante el Juez de la Investigación Preparatoria. 2. Esta solicitud debe contener, bajo sanción de inadmisibilidad: a) Las generales de Ley de la persona física o la denominación de la persona jurídica con las generales de Ley de su representante legal; b) La indicación del nombre del imputado y, en su caso, del tercero civilmente responsable, contra quien se va a proceder; c) El relato circunstanciado del delito en su agravio y exposición de las razones que justifican su pretensión; y, d) La prueba documental que acredita su derecho, conforme al artículo 98.

Resumen breve

Quien reclame reparación por el daño del delito debe solicitar por escrito al Juez de la Investigación Preparatoria su incorporación como actor civil. La solicitud es inadmisible si no identifica al solicitante, al imputado y, cuando corresponda, al tercero civilmente responsable, ni explica el delito, sustenta el reclamo y acredita su derecho.

Ejemplo cotidiano

Rosa presenta al juez un escrito con sus datos, identifica a Carlos como imputado, explica el daño sufrido y adjunta documentos que sustentan su reclamo.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.