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Código Procesal Civil

Artículo VI: Principio de Socialización del proceso

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Texto literal del artículo

El Juez debe evitar que la desigualdad entre las personas por razones de sexo, raza, religión, idioma o condición social, política o económica, afecte el desarrollo o resultado del proceso.

Resumen breve

El juez debe evitar que las diferencias entre las personas por sexo, raza, religión, idioma o condición social, política o económica perjudiquen cómo se desarrolla el proceso o su resultado. Así, debe impedir que esas desigualdades afecten el trato o la decisión dentro del proceso.

Ejemplo cotidiano

En un juicio, la jueza debe evitar que la menor capacidad económica de Rosa perjudique su participación o el resultado frente a Pedro.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.