Código Procesal Civil
Artículo 822: Improcedencia de contradicción
Ver todos los artículosLas contradicciones que conciernan a la validez del contenido del testamento serán declaradas improcedentes.
Las contradicciones (oposiciones dentro del trámite) que cuestionen la validez del contenido de un testamento serán declaradas improcedentes. Por tanto, no podrán prosperar las objeciones dirigidas específicamente contra lo que el testamento dispone.
Rosa objeta el contenido del testamento de José por considerarlo inválido, pero su contradicción será declarada improcedente.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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