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Código Procesal Civil

Artículo 694: Admisibilidad

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Texto literal del artículo

Se puede demandar ejecutivamente las siguientes obligaciones: 1. Dar; 2. Hacer; y 3. No Hacer. (*) Artículo modificado por el artículo 1 de la Ley N° 27027, publicada el 27 de diciembre de 1998.

Resumen breve

La ley permite presentar una demanda ejecutiva (reclamo judicial) para exigir obligaciones de dar, hacer o no hacer. Estas tres clases de obligaciones pueden reclamarse mediante este proceso.

Ejemplo cotidiano

Rosa puede presentar una demanda ejecutiva para exigir que Juan le entregue la computadora que se comprometió a devolver.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.