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Código Procesal Civil

Artículo 423: Pago de multa

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Texto literal del artículo

La multa debe pagarse inmediatamente después de impuesta. En caso contrario, devengan intereses legales. El Juez de la causa requiere al multado del pago. Si luego de diez días de haber sido notificado con la resolución correspondiente no se ha abonado el valor de la misma, se transfiere la resolución de multa para su cobro en la oficina correspondiente, la que dispone de facultades coactivas. (*) Artículo modificado por el artículo 2 de la Ley N° 30293, publicada el 28 de diciembre de 2014.

Resumen breve

La persona sancionada debe pagar la multa inmediatamente; si no lo hace, genera intereses legales y el juez le exige el pago. Si pasan diez días desde que fue notificada la resolución sin abonar la multa, el juez transfiere esa resolución a la oficina correspondiente, que puede cobrarla coactivamente.

Ejemplo cotidiano

Rosa recibe una multa judicial y, al no pagarla durante diez días después de la notificación, el juez envía la resolución a la oficina encargada del cobro coactivo.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.