Código Procesal Civil
Artículo 409: Trámite de la consulta
Ver todos los artículosCuando proceda la consulta, el expediente es elevado de oficio. El Auxiliar jurisdiccional enviará el expediente al superior dentro de cinco días, bajo responsabilidad. La resolución definitiva se expedirá dentro de los cinco días siguientes a la vista de la causa. No procede el pedido de informe oral. Durante la tramitación de la consulta, los efectos de la resolución quedan suspendidos.
Cuando corresponde la consulta, el expediente sube automáticamente al superior y el auxiliar jurisdiccional debe enviarlo en cinco días, bajo responsabilidad. La resolución definitiva debe emitirse dentro de los cinco días posteriores a la vista de la causa. No se permite pedir informe oral y la resolución consultada no produce efectos mientras dura el trámite.
El auxiliar de la sala envía en cinco días el expediente de Rosa al superior, y la decisión queda suspendida hasta que termine la consulta.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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