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Código Procesal Civil

Artículo 397: Sentencia fundada y efectos del recurso

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Texto literal del artículo

Si la Sala Suprema declara fundado el recurso por infracción de una norma de derecho material, la resolución impugnada debe revocarse, íntegra o parcialmente, según corresponda. También se revocará la decisión si la infracción es de una norma procesal que, a la vez, es objeto de la decisión impugnada. Si se declara fundado el recurso por apartamiento inmotivado del precedente judicial, la Corte procede conforme a lo indicado en el párrafo anterior, según corresponda a la naturaleza material o procesal de este. Si la infracción de la norma procesal produjo la afectación del derecho a la tutela jurisdiccional efectiva o del debido proceso del impugnante, la Corte casa la resolución impugnada y, además, según corresponda: go 1. Ordena a la Sala Superior que expida una nueva resolución; 2. Anula lo actuado hasta la foja que contiene la infracción inclusive o hasta donde alcancen los efectos de la nulidad declarada, y ordena que se reinicie el proceso; 3. Anula la resolución apelada y ordena al juez de primer grado que expida otra; o 4. Anula la resolución apelada y declara nulo lo actuado e improcedente la demanda. En cualquiera de estos casos, la sentencia casatoria tiene fuerza vinculante para el órgano jurisdiccional respectivo. (*) Artículo modificado por el artículo 1 de la Ley N° 31591, publicada el 26 de octubre de 2022.

Resumen breve

Cuando la Corte Suprema declara fundado un recurso por infringir una norma o apartarse de un precedente, revoca la resolución. Si la infracción procesal afectó la tutela jurisdiccional efectiva o el debido proceso, la anula y puede ordenar una nueva resolución, reiniciar el proceso, dictar sentencia o declarar improcedente la demanda; la sentencia obliga al órgano respectivo.

Ejemplo cotidiano

Rosa demuestra que un tribunal ignoró el debido proceso; la Corte Suprema anula el fallo y ordena a la Sala Superior emitir una nueva resolución.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.