Código Procesal Civil
Artículo 376: Plazo y trámite de la apelación de autos con efecto suspensivo
Ver todos los artículosLa apelación contra los autos a ser concedida con efecto suspensivo se interpone dentro de los siguientes plazos: 1. Tres días si el auto es pronunciado fuera de audiencia; o 2. En la misma audiencia, si el auto fuera expedido en ella, pero su fundamentación y demás requisitos serán cumplidos en el mismo plazo que el inciso anterior. El secretario de juzgado enviará el expediente al superior dentro de los cinco días de concedida la apelación, bajo responsabilidad. Dentro de cinco días de recibido, el superior comunicará a las partes que los autos están expeditos para ser resueltos y señalará día y hora para la vista de la causa. Es inadmisible la alegación de hechos nuevos. La resolución definitiva se expedirá dentro de los cinco días siguientes a la vista de la causa. (*) Artículo modificado por el artículo 1 de la Ley N° 31591, publicada el 26 de octubre de 2022.
Un auto con efecto suspensivo se apela en tres días fuera de audiencia o en audiencia si se dicta allí; sus requisitos se completan en tres días. El secretario remite el expediente en cinco días; recibido, el superior avisa en cinco días, fija vista y prohíbe hechos nuevos. El superior resuelve cinco días después.
María recibe un auto fuera de audiencia y presenta su apelación dentro de tres días; el expediente llega al superior, que fija la vista.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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