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Código Procesal Civil

Artículo 319: Suspensión convencional

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Texto literal del artículo

La suspensión acordada por las partes requiere aprobación judicial. Se concede sólo una vez por instancia y no puede ser mayor de dos meses en cada caso.

Resumen breve

Las partes pueden acordar detener temporalmente un proceso, pero necesitan la aprobación del juez. Esta suspensión solo puede concederse una vez en cada instancia (etapa del proceso) y durar como máximo dos meses por caso.

Ejemplo cotidiano

María y José acuerdan pausar su juicio, pero el juez debe aprobarlo y solo puede permitir esa pausa una vez durante esa etapa, por hasta dos meses.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.