Código Procesal Civil
Artículo 244: Falsedad o inexistencia de la matriz
Ver todos los artículosLa copia de un documento público declarado o comprobadamente falso o inexistente, no tiene eficacia probatoria. La misma regla se aplica a las copias certificadas de expedientes falsos o inexistentes.
Una copia de un documento público declarado o comprobado como falso o inexistente no tiene valor como prueba. La misma consecuencia se aplica a las copias certificadas de expedientes falsos o inexistentes.
La copia certificada de un expediente inexistente que Rosa presentó no sirve como prueba en su proceso.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
MiCódigo.pe