Código Procesal Civil
Artículo 232: Efectos de la incomparecencia
Ver todos los artículosEl testigo que sin justificación no comparece a la audiencia de pruebas, será sancionado con multa no mayor de cinco Unidades de Referencia Procesal, sin perjuicio de ser conducido al Juzgado con auxilio de la fuerza pública, en la fecha que fije el Juez para su declaración, sólo si lo considera necesario.
El testigo que no asista sin justificación a la audiencia de pruebas recibirá una multa de hasta cinco Unidades de Referencia Procesal. Además, el juez puede ordenar que la fuerza pública lo lleve al juzgado en la fecha que establezca para declarar, si lo considera necesario.
Carlos no acudió sin justificar a la audiencia; el juez le impuso una multa y ordenó llevarlo con la fuerza pública para declarar.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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