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Código Procesal Civil

Artículo 223: Requisitos

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Texto literal del artículo

El que propone la declaración de testigos debe indicar el nombre, domicilio y ocupación de los mismos en el escrito correspondiente. El desconocimiento de la ocupación será expresado por el proponente, quedando a criterio del Juez eximir este requisito. Asimismo se debe especificar el hecho controvertido respecto del cual debe declarar el propuesto.

Resumen breve

Quien ofrece testigos debe indicar sus nombres, domicilios y ocupaciones, además del hecho controvertido (discutido) sobre el que declararán. Si desconoce la ocupación de alguno, debe informarlo y el juez decidirá si lo exime de ese requisito.

Ejemplo cotidiano

Rosa presenta como testigo a Juan, indica su domicilio y ocupación, y precisa que declarará sobre el pago discutido con Carlos.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.