Código Procesal Civil
Artículo 127: Actuaciones
Ver todos los artículosEl Juez dirigirá las actuaciones y ordenará que las partes, sus apoderados y los abogados observen las disposiciones legales.
El juez dirige las actuaciones del proceso y ordena que las partes, sus apoderados y abogados cumplan las disposiciones legales. Todos ellos deben observar las reglas que el juez disponga dentro de sus funciones.
Durante una audiencia civil, la jueza María ordena a las partes, sus apoderados y abogados respetar el turno de intervención y las reglas procesales.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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