Código Penal
Artículo 409: Falsedad en juicio
Ver todos los artículosEl testigo, perito, traductor o intérprete que, en un procedimiento judicial, hace falsa declaración sobre los hechos de la causa o emite dictamen, traducción o interpretación falsos, será reprimido con pena privativa de libertad, no menor de dos ni mayor de cuatro años. Si el testigo, en su declaración, atribuye a una persona haber cometido un delito, a sabiendas que es inocente, la pena será no menor de dos ni mayor de seis años. El Juez puede atenuar la pena hasta límites inferiores al mínimo legal o eximir de sanción, si el agente rectifica espontáneamente su falsa declaración antes de ocasionar perjuicio.
El testigo, perito, traductor o intérprete que mienta en juicio recibe de dos a cuatro años de prisión. Si el testigo acusa sabiendo inocente a alguien, recibe dos a seis años; el juez puede bajar la pena del mínimo o eximirlo si rectifica espontáneamente antes de causar daño.
Carlos, testigo en un juicio, acusa falsamente a Luis de robo y rectifica antes de perjudicarlo; el juez podría reducirle la pena o eximirlo.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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