Código Penal
Artículo 337: Violación de la soberanía extranjera
Ver todos los artículosEl que viola la soberanía de un Estado extranjero, practicando en su territorio actos indebidos o penetra en el mismo contraviniendo las normas del Derecho Internacional, será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de cinco años.
Se prohíbe realizar actos indebidos dentro del territorio de otro Estado o ingresar allí contraviniendo las normas del Derecho Internacional. Quien lo haga puede recibir una pena privativa de libertad de hasta cinco años.
Carlos ingresa sin autorización al territorio de otro país y realiza actos indebidos, por lo que podría recibir hasta cinco años de prisión.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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