Código Penal
Artículo 324: Texto legal
Ver todos los artículosToda persona que haga uso de cualquier técnica de manipulación genética con la finalidad de clonar seres humanos, será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de seis ni mayor de ocho años e inhabilitación conforme al Artículo 36, incisos 4 y 8. (*) Artículo modificado por el artículo 1 de la Ley Nº 27636, publicada el 16 de enero de 2002. Penal
Quien use cualquier técnica de manipulación genética para clonar seres humanos comete un delito. La pena es de seis a ocho años de prisión y una inhabilitación (impedimento legal para ejercer ciertas actividades) conforme al artículo 36, incisos 4 y 8.
Carlos utiliza una técnica genética para clonar a una persona y podría recibir entre seis y ocho años de prisión, además de inhabilitación.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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