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Código Penal

Artículo 298: Formas atenuadas de elaboración, comercialización y posesión

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Texto literal del artículo

La pena será privativa de libertad no menor de tres ni mayor de siete años y de ciento ochenta a trescientos sesenta días-multa cuando: 1. La cantidad de droga tóxica elaborada, fabricada, extractada, preparada, comercializada, entregada a terceros o poseída para usos ilegales por el agente no sobrepase los cincuenta gramos de pasta básica de cocaína y derivados ilícitos, veinticinco gramos de clorhidrato de cocaína, cinco gramos de látex de opio o un gramo de sus derivados, cien gramos de marihuana o diez gramos de sus derivados o dos gramos de éxtasis, conteniendo Metilendioxianfetamina - MDA, Metilendioximetanfetamina - MDMA, Metanfetamina o sustancias análogas o hasta un miligramo de fentanilo. (*) Numeral modificado por el artículo único de la Ley N° 32250, publicada el 19 de enero de 2025. 2. Las materias primas o los insumos comercializados por el agente que no excedan de lo requerido para la elaboración de las cantidades de drogas señaladas en el inciso anterior. Penal 3. Se comercialice o distribuya pegamentos sintéticos que expelen gases con propiedades psicoactivas, acondicionados para ser destinados al consumo humano por inhalación. La pena será privativa de libertad no menor de seis años ni mayor de diez años y de trescientos sesenta a setecientos días-multa cuando el agente ejecute el delito en las circunstancias previstas en los incisos 2, 3, 4, 5 o 6 del artículo 297 del Código Penal. (*) Artículo modificado por el artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1592, publicado el 14 de diciembre de 2023.

Resumen breve

Elaborar, comercializar, entregar o poseer droga bajo límites legales (50 g de pasta básica, 25 g de cocaína o 100 g de marihuana) se castiga con 3-7 años y 180-360 días-multa. También aplica esa pena a insumos equivalentes y pegamentos inhalables para consumo; con agravantes del artículo 297.2-6, sube a 6-10 años y 360-700 días-multa.

Ejemplo cotidiano

Pedro tenía 20 gramos de cocaína para vender; al no superar el límite, enfrentaría 3 a 7 años y 180 a 360 días-multa.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.