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Código Penal

Artículo 242: Rehusamiento a prestar información económica, industrial o comercial

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Texto literal del artículo

El director, administrador o gerente de una empresa que, indebidamente, rehusa suministrar a la autoridad competente la información económica, industrial o mercantil que se le requiera, o deliberadamente presta la información de modo inexacto, será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de dos años o con noventa a ciento ochenta días-multa.

Resumen breve

El director, administrador o gerente de una empresa no puede negarse injustificadamente a entregar a la autoridad competente la información económica, industrial o mercantil que le solicite, ni proporcionarla deliberadamente con datos inexactos. La infracción se castiga con hasta dos años de prisión o de 90 a 180 días-multa.

Ejemplo cotidiano

El gerente Luis se niega sin motivo a entregar a la autoridad competente los datos económicos solicitados y podría recibir una de esas sanciones.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.