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Código Penal

Artículo 24: Instigación

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Texto literal del artículo

El que, dolosamente, determina a otro a cometer el hecho punible será reprimido con la pena que corresponde al autor.

Resumen breve

Quien, intencionalmente, hace que otra persona cometa un hecho punible (conducta castigada por ley) recibe la misma pena prevista para quien lo ejecuta directamente. La regla exige que la determinación haya sido dolosa, es decir, realizada de manera consciente y deliberada.

Ejemplo cotidiano

Carlos convence deliberadamente a José para cometer un delito; por instigarlo, Carlos puede recibir la misma pena que José.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.