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Código Penal

Artículo 197: Casos de defraudación

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Texto literal del artículo

La defraudación será reprimida con pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor de cuatro años y con sesenta a ciento veinte días-multa cuando: 1. Se realiza con simulación de juicio o empleo de otro fraude procesal. 2. Se abusa de firma en blanco, extendiendo algún documento en perjuicio del firmante o de tercero. 3. Si el comisionista o cualquier otro mandatario, altera en sus cuentas los precios o condiciones de los contratos, suponiendo gastos o exagerando los que hubiera hecho. 4. Se vende o grava, como bienes libres, los que son litigiosos o están embargados o gravados y cuando se vende, grava o arrienda como propios los bienes ajenos.

Resumen breve

La defraudación se castiga con prisión de uno a cuatro años y de 60 a 120 días-multa. Aplica cuando alguien simula un juicio, usa abusivamente una firma en blanco, altera cuentas como comisionista o mandatario, o vende, grava o arrienda bienes litigiosos, embargados, gravados o ajenos como si fueran propios.

Ejemplo cotidiano

Juan vende como libre la casa embargada de Rosa, ocultando esa situación para obtener dinero.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.