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Código de los Niños y Adolescentes

Artículo 73: Rol de los gobiernos regionales y locales

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Texto literal del artículo

Los Gobiernos Regionales y Locales dictarán las normas complementarias que esta Ley requiere, estableciendo disposiciones y sanciones administrativas adecuadas a las peculiaridades y especificidades de los niños y adolescentes de su región o localidad.

Resumen breve

Los gobiernos regionales y locales deben dictar las normas complementarias que la ley requiera. También deben establecer medidas y sanciones administrativas adecuadas a las características de los niños y adolescentes de su región o localidad.

Ejemplo cotidiano

La Municipalidad de Cusco aprueba una ordenanza complementaria y establece sanciones administrativas adecuadas para proteger a los adolescentes que trabajan en sus mercados.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.