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Código de los Niños y Adolescentes

Artículo 6: A la identidad

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Texto literal del artículo

6.1 El niño, niña y el adolescente tienen derecho a la identidad, lo que incluye el derecho a tener un nombre, a adquirir una nacionalidad y, en la medida de lo posible, a conocer a sus padres y llevar sus apellidos. Tienen también derecho al desarrollo integral de su personalidad. 6.2 Es obligación del Estado preservar la inscripción e identidad de los niños y adolescentes, sancionando a los responsables de su alteración, sustitución o privación ilegal, de conformidad con el Código Penal. 6.3 En caso de que se produjera dicha alteración, sustitución o privación, el Estado restablecerá la verdadera identidad mediante los mecanismos más idóneos. 6.4 Cuando un niño, niña o adolescente se encuentren involucrados como autores, partícipes o testigos de una infracción, falta o delito o sean víctimas de los mismos, no se publicará su identidad ni su imagen a través de los medios de comunicación. La prohibición se extiende al padre, madre, tutor/a o a las personas que vivan con él/ella. Los medios de comunicación tienen la obligación de garantizar la reserva de los datos personales y cualquier información que permita identificarlos, salvo que, en el caso de las niñas, niños y adolescentes, exista una autorización escrita de los padres o representantes legales, y siempre que no se atente contra su interés superior. (*) Artículo modificado por el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1377, publicado el 24 de agosto de 2018.

Resumen breve

Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a un nombre, nacionalidad, conocer a sus padres cuando sea posible, usar sus apellidos y desarrollar su personalidad. El Estado protege su inscripción e identidad, sanciona su alteración ilegal y la restablece; los medios no pueden difundir datos identificables sobre infracciones o delitos, salvo autorización escrita de sus representantes y respeto de su interés superior.

Ejemplo cotidiano

El noticiero no puede mostrar el rostro de Luis, víctima de un delito, ni revelar su nombre sin autorización escrita de sus padres.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.