Código de los Niños y Adolescentes
Artículo 29: Funciones
Ver todos los artículosEI Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables como ente rector del Sistema: a) Formula, aprueba y coordina la ejecución de las políticas orientadas a la atención integral de niños y adolescentes. b) Dicta norma técnicas y administrativas de carácter nacional y general sobre la atención integral del niño y adolescente. c) Inicia procedimientos por desprotección familiar a niños y adolescentes y aplica las medidas correspondientes. d) Dirige y coordina la Política Nacional de Adopciones a través de la Secretaría Nacional de Adopciones y las sedes desconcentradas a nivel regional. e) Lleva los registros de los organismos privados y comunales dedicados a la niñez y la adolescencia. f) Regula el funcionamiento de los organismos públicos, privados y comunales que ejecutan programas y acciones dirigidos al niño y adolescente, así como supervisa y evalúa el cumplimiento de sus fines. g) Vela por el cumplimiento de las normas contenidas en la Convención sobre los Derechos del Niño, en el presente Código y en la legislación nacional. h) Canaliza a las autoridades competentes los hechos que conozca de los que se desprenda la presunción de un delito o falta cometidos en agravio de niños y adolescentes. i) Todas las demás que le corresponde de acuerdo a ley. (*) Artículo modificado por el artículo 5 del Decreto de Urgencia N° 001-2020, publicado el 7 de enero de 2020.
El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables dirige el sistema de protección de niños y adolescentes: formula políticas, dicta normas nacionales, inicia procedimientos por desprotección familiar y coordina las adopciones. También registra, regula y supervisa a las entidades que trabajan con menores, vigila el cumplimiento de sus derechos y comunica posibles delitos a las autoridades competentes.
Tras una denuncia por abandono, el MIMP, mediante la Unidad de Protección Especial de Lima, inicia el procedimiento por desprotección familiar de una adolescente.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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