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Código de los Niños y Adolescentes

Artículo 28: Dirección del Sistema y Ente Rector

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Texto literal del artículo

El Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano (PROMUDEH) dirige el sistema como Ente Rector. La ejecución de planes y programas, la aplicación de medidas de atención que coordina, así como la investigación tutelar y las medidas de protección, se ubican en el ámbito administrativo. El PROMUDEH tiene como jefe del sistema a un técnico especializado en niños y adolescentes. (*) Por disposición de la primera disposición transitoria y final de la Ley N° 28330, publicada el 14 de agosto de 2004, toda mención al Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano (PROMUDEH) en el marco de la competencia en materia tutelar que le fuera asignada por la Ley N° 27337 se entenderá referida al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social (MIMDES). Posteriormente, la cuarta disposición complementaria final del Decreto Legislativo N° 1098, publicado el 20 de enero de 2012, dispuso que el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social (MIMDES) pase a denominarse Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP).

Resumen breve

El Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano (PROMUDEH) dirige el sistema como autoridad principal. La ejecución de planes, programas y medidas de atención, junto con la investigación tutelar y las medidas de protección, corresponde al ámbito administrativo y queda bajo la dirección de un técnico especializado en niños y adolescentes.

Ejemplo cotidiano

Tras una denuncia por abandono de una menor, el MIMP coordina administrativamente la investigación tutelar y las medidas de protección, bajo la jefatura de un técnico especializado.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.