Código de los Niños y Adolescentes
Artículo 176: Medidas cautelares
Ver todos los artículosLas medidas cautelares a favor del niño y del adolescente se rigen por lo dispuesto en el presente Código y en el Título Cuarto de la Sección Quinta del Libro Primero del Código Procesal Civil.
Las medidas cautelares a favor de niños y adolescentes se rigen por las reglas de este Código. También deben sujetarse al Título Cuarto de la Sección Quinta del Libro Primero del Código Procesal Civil.
La jueza Salazar, como medida cautelar, ordena retener provisionalmente parte del sueldo de Carlos para proteger a su hija Lucía, conforme al Código y al Título Cuarto procesal civil.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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