Código de Ejecución Penal
Reglamento · Artículo 96: Texto legal
Ver todos los artículosEl cumplimiento de la sanción disciplinaria en ningún caso impide el ejercicio del derecho de defensa en su proceso judicial o la excarcelación por orden de libertad o por pena cumplida.
Cumplir una sanción disciplinaria no impide que la persona ejerza su derecho de defensa en el proceso judicial. Tampoco puede impedir su excarcelación (salida de prisión) cuando exista una orden de libertad o haya cumplido la pena.
Aunque Juan cumple una sanción disciplinaria, puede presentar su defensa y salir si recibe una orden de libertad o termina su pena.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
MiCódigo.pe