Código de Ejecución Penal
Reglamento · Artículo 80: Texto legal
Ver todos los artículosNo se aplicará la sanción de aislamiento a las mujeres gestantes, a las madres hasta seis meses después del parto, a las que tuvieran consigo a sus hijos y a las personas mayores de sesenta años. En estos casos, el Consejo Técnico Penitenciario deberá optar por otra sanción.
No se puede sancionar con aislamiento a las mujeres gestantes, a las madres durante los seis meses posteriores al parto, a quienes tengan consigo a sus hijos ni a las personas mayores de sesenta años. En esos casos, el Consejo Técnico Penitenciario debe elegir otra sanción.
María, embarazada y privada de libertad, no puede recibir aislamiento; el Consejo Técnico Penitenciario debe imponerle otra sanción.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
MiCódigo.pe