Código de Ejecución Penal
Reglamento · Artículo 58: Texto legal
Ver todos los artículosEl Régimen Cerrado tiene un período de observación y otro de tratamiento. Se clasifica en: 58.1 Régimen Cerrado Ordinario. 58.2 Régimen Cerrado Especial.
El Régimen Cerrado comprende dos etapas: un período de observación y otro de tratamiento. Además, se divide en Régimen Cerrado Ordinario y Régimen Cerrado Especial.
Rosa, interna del penal de Lurigancho, atraviesa primero el período de observación y luego el de tratamiento dentro del Régimen Cerrado Ordinario.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
MiCódigo.pe