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Código de Ejecución Penal

Reglamento · Artículo 230: Texto legal

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Texto literal del artículo

Las sesiones del Consejo Técnico Penitenciario deberán realizarse con la asistencia de por lo menos tres de sus miembros. Se levantará un acta que firmarán todos los asistentes en la que constarán los acuerdos adoptados y el sentido de los votos emitidos.

Resumen breve

El Consejo Técnico Penitenciario solo puede sesionar con la asistencia de al menos tres de sus miembros. Todos los asistentes deben firmar un acta que registre los acuerdos adoptados y el sentido de sus votos.

Ejemplo cotidiano

En el penal de Lurigancho, el Consejo Técnico Penitenciario sesiona con tres miembros, decide sobre Rosa Quispe y los tres firman el acta, que consigna el acuerdo y sus votos.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.