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Código de Ejecución Penal

Reglamento · Artículo 216: Texto legal

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Texto literal del artículo

Cuando en el establecimiento penitenciario no sea posible contar con una guardería infantil, se acondicionará un ambiente exclusivo para la madre y el niño, bajo responsabilidad de la dirección.

Resumen breve

Cuando un establecimiento penitenciario no puede contar con una guardería infantil, debe acondicionar un ambiente exclusivo para la madre y el niño. La dirección del establecimiento es responsable de hacerlo.

Ejemplo cotidiano

Al no poder instalar una guardería, la directora Rosa acondiciona un ambiente exclusivo para Ana y su hijo Luis dentro del penal.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.