Código de Ejecución Penal
Reglamento · Artículo 193: Texto legal
Ver todos los artículosLa revocatoria de la semilibertad o liberación condicional por la condena de un delito doloso, obliga a cumplir el tiempo de la pena pendiente al momento de su concesión. Cuando la revocatoria se sustente en el incumplimiento de las reglas de conducta, se computará el tiempo que el interno estuvo en semilibertad o liberación condicional para efectos del cumplimiento de su condena.
Si revocan la semilibertad o liberación condicional por una condena por delito doloso, la persona debe cumplir el tiempo de pena que tenía pendiente cuando recibió ese beneficio. Si la revocación ocurre por incumplir las reglas de conducta, se descuenta de la condena el tiempo que estuvo en semilibertad o liberación condicional.
A José le revocan la liberación condicional por incumplir sus reglas, así que se cuenta el tiempo que permaneció bajo ese régimen para completar su condena.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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