MiCódigo.peBuscar otra norma

Código de Ejecución Penal

Reglamento · Artículo 187: Texto legal

Ver todos los artículos
Texto literal del artículo

El cumplimiento de las reglas de conducta impuesta por el juez penal al momento de conceder la semilibertad o la liberación condicional, será responsabilidad del Área de Tratamiento en el Medio Libre de la administración penitenciaria que corresponda. En aquellos lugares donde no exista este órgano, el director del establecimiento penitenciario de la localidad designará al funcionario que cumpla tales funciones.

Resumen breve

El Área de Tratamiento en el Medio Libre de la administración penitenciaria debe controlar el cumplimiento de las reglas de conducta fijadas por el juez al conceder semilibertad o liberación condicional. Si ese órgano no existe en la localidad, el director del establecimiento penitenciario debe designar al funcionario responsable.

Ejemplo cotidiano

Cuando el juez concede a Carlos la semilibertad, el Área de Tratamiento en el Medio Libre controla el cumplimiento de sus reglas de conducta.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.