Código de Ejecución Penal
Reglamento · Artículo 136: Texto legal
Ver todos los artículosSe proporcionará ración alimenticia especial al interno que se encuentre ubicado en los ambientes de salud del establecimiento penitenciario, al mayor de sesenta y cinco años, a la interna gestante, madre lactante y al niño menor de tres años que vive con su madre en el establecimiento penitenciario, así como a los que a juicio del médico tratante lo requieran.
El establecimiento penitenciario debe proporcionar una ración alimenticia especial a internos en ambientes de salud, mayores de 65 años, internas gestantes o lactantes y niños menores de tres años que vivan allí con su madre. También debe entregarla a quienes, según el médico tratante, la necesiten.
Rosa, interna gestante, recibe una ración alimenticia especial mientras permanece en el establecimiento penitenciario.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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