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Código de Ejecución Penal

Artículo 91: Atención médica externa

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Texto literal del artículo

91.1 El interno que requiere atención médica especializada fuera del Establecimiento Penitenciario la solicita al Consejo Técnico Penitenciario, el que dispondrá que una junta médica compuesta por tres profesionales de la Administración Penitenciaria se pronuncie, dentro de tercero día, sobre la procedencia de lo solicitado, bajo responsabilidad. En los lugares donde no exista el número requerido de médicos, se completa dicho número con profesionales al servicio del Estado. Sólo en el caso en que no haya posibilidad de establecer esta junta se realiza con el o los médicos que hubiere. 91.2 En caso de emergencia, el Director del Establecimiento Penitenciario puede autorizar la atención médica fuera del Establecimiento Penitenciario, dando cuenta de inmediato al Consejo Técnico Penitenciario y al representante del Ministerio Público y, en el caso del interno procesado, al Juez que conoce del proceso. 91.3 La atención médica especializada fuera del Establecimiento Penitenciario podrá realizarse en un centro asistencial público o privado. 91.4 El Director adoptará, en todos los casos, las medidas de seguridad adecuadas, bajo responsabilidad. (Texto según el artículo 82 del Decreto Legislativo N° 654)

Resumen breve

El interno que requiera atención especializada externa debe solicitarla al Consejo Técnico Penitenciario; una junta de tres médicos debe pronunciarse en tres días. En emergencia, el director puede autorizarla e informar de inmediato al Consejo, al Ministerio Público y al juez si está procesado, con seguridad en centros públicos o privados.

Ejemplo cotidiano

La directora Rosa autoriza que José sea trasladado de emergencia a una clínica privada e informa de inmediato a las autoridades correspondientes.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.