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Código Civil

Artículo II: Ejercicio abusivo del derecho

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Texto literal del artículo

La ley no ampara el ejercicio ni la omisión abusivos de un derecho. Al demandar indemnización u otra pretensión, el interesado puede solicitar las medidas cautelares apropiadas para evitar o suprimir provisionalmente el abuso. (*) Artículo modificado por el artículo 5 del Decreto Ley N° 25940, publicado el 11 de diciembre de 1992.

Resumen breve

La ley no protege a quien ejerce u omite abusivamente un derecho. Al reclamar una indemnización u otra pretensión, la persona afectada puede pedir medidas cautelares (protecciones temporales ordenadas) para evitar o detener provisionalmente ese abuso.

Ejemplo cotidiano

Rosa reclama una indemnización porque Luis ejerce abusivamente un derecho y pide una medida cautelar para que el abuso cese provisionalmente.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.